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Riesgo psicosocial: batería, periodicidad y quién la aplica

Quién aplica la batería de riesgo psicosocial, cada cuánto se repite, cuándo necesitas vigilancia epidemiológica y qué protocolos usar, según las resoluciones 2646 de 2008 y 2764 de 2022.

7 min de lectura

Todo empleador en Colombia debe identificar, evaluar e intervenir los factores de riesgo psicosocial: las condiciones del trabajo, de fuera del trabajo y de la persona que pueden afectar su salud y su desempeño. Lo exigen dos normas que se leen juntas:

  • La Resolución 2646 de 2008, que define quién evalúa, cómo se protege la información y qué lleva la vigilancia epidemiológica.
  • La Resolución 2764 de 2022, que adopta la batería de instrumentos, fija la periodicidad y da la guía técnica y los protocolos de intervención.

A quién aplica

A todos los empleadores, públicos y privados, sin importar el tamaño ni la clase de riesgo (Res. 2764, art. 2). No hay excepción para empresas pequeñas.

Lo que sí cambia según tu empresa:

Si tu empresa… Además te aplica
Tiene cualquier tamaño Batería, intervención, reserva y protocolos generales
Salió en riesgo alto o muy alto, o hay efectos negativos en la salud Programa de vigilancia epidemiológica psicosocial
Es del sector público, defensa, salud, transporte, educación o financiero El protocolo sectorial de su sector

Qué es la batería

La batería es el conjunto de instrumentos validados en el país para medir el riesgo psicosocial (Res. 2764, art. 4). Tiene cuatro partes:

  1. Cuestionario de factores de riesgo intralaboral (forma A y forma B).
  2. Cuestionario de factores de riesgo extralaboral.
  3. Cuestionario para la evaluación del estrés.
  4. Ficha de datos generales (sociodemográficos y ocupacionales).

Los cuestionarios no se modifican. La forma A es para cargos directivos, profesionales y técnicos; la forma B, para cargos auxiliares y operativos.

Aplicación virtual

Puedes aplicar la batería en forma virtual solo con la herramienta que publique el Ministerio del Trabajo en la página del Fondo de Riesgos Laborales (Res. 2764, art. 4). Un formulario propio o de terceros no reemplaza esa herramienta.

Quién la aplica

La aplica un experto según la Res. 2646 (art. 3, lit. p):

  • Un psicólogo con posgrado en salud ocupacional y licencia vigente de prestación de servicios en psicología ocupacional.
  • Solo si la Secretaría de Salud certifica que en tu departamento no hay psicólogos con ese perfil, puede hacerlo un psicólogo con mínimo 100 horas de capacitación específica en factores psicosociales.

Antes de contratar, pide la hoja de vida, el diploma del posgrado y la licencia. Guárdalos como evidencia.

Consentimiento y reserva

  • Cada trabajador da su consentimiento informado antes de la evaluación (Res. 2646, art. 11).
  • El evaluador se compromete por escrito a usar la información solo para fines de salud ocupacional (art. 11).
  • Tú, como empleador, no guardas los cuestionarios ni los informes individuales. Van a la historia clínica ocupacional y los custodia quien aplicó la batería. Tú conservas el informe consolidado (Res. 2764, art. 5).

Cada cuánto se repite

La periodicidad depende del nivel de riesgo intralaboral y de si hay efectos en la salud (Res. 2764, art. 3):

Resultado Próxima evaluación
Riesgo alto o muy alto en la forma A o en la forma B Cada año
Hay efectos negativos en la salud, el bienestar o el trabajo Cada año
Riesgo medio o bajo en la forma A y en la forma B, sin efectos negativos en la salud Cada 2 años

Dos detalles que se pasan por alto:

  • Las formas A y B se calculan por separado. Si una sola sale en alto o muy alto, la evaluación es anual para toda la empresa (art. 3, par.).
  • El plazo se cuenta desde que empiezan las acciones de intervención, no desde el día de la encuesta (art. 3).

La actualización anual de la información

Aparte de la batería, cada año actualizas la información psicosocial de la empresa, discriminada por actividad económica, número de trabajadores, ocupación, sexo y edad (Res. 2646, arts. 8 y 12). Incluye la información sociodemográfica y los efectos en la salud: ausentismo, rotación, accidentes y enfermedades. Queda a disposición de Mintrabajo y de tu ARL.

Intervenir los resultados

Medir no basta: con los resultados se interviene (Res. 2646, art. 13; Res. 2764, arts. 3 y 6).

  • Primero en la fuente: cambios en la organización del trabajo y controles administrativos. Luego, acciones con el trabajador.
  • Con riesgo alto, la intervención en la fuente es inmediata.
  • Con el compromiso de la gerencia y la participación de los trabajadores afectados.
  • Con actividades educativas continuas y un plan para atender crisis.

Guía técnica y protocolos

La Res. 2764 (arts. 1 y 6) fija los referentes mínimos para intervenir. Todas las empresas usan:

  • La Guía Técnica General de promoción, prevención e intervención de los factores psicosociales.
  • El protocolo general de acciones en el entorno laboral.
  • Los protocolos de prevención y actuación en acoso laboral, síndrome de agotamiento laboral, depresión, estrés postraumático, reacción a estrés agudo y duelo.

Los protocolos sectoriales aplican solo a su sector: administración pública, sector Defensa, salud y asistencia social, transporte, educación y sector financiero. Son un mínimo: puedes hacer más.

En emergencias declaradas

Si el Gobierno nacional declara una emergencia sanitaria, ambiental o social, todas las empresas prestan asistencia psicológica remota y hacen acciones de salud mental con los protocolos, dentro del SG-SST (Res. 2764, art. 7).

Vigilancia epidemiológica: solo con riesgo alto

El programa de vigilancia epidemiológica psicosocial no es para todas las empresas. Lo necesitas cuando los factores se evaluaron como de alto riesgo o están causando efectos negativos en la salud, el bienestar o el trabajo (Res. 2646, art. 16; Res. 2764, art. 8). Se hace con apoyo de expertos y la asesoría de tu ARL.

Entran al programa, entre otros, los trabajadores con quejas de acoso laboral, consumo problemático de alcohol o sustancias, accidentes reincidentes, incapacidades relacionadas con factores psicosociales o efectos en la salud mental por emergencias (Res. 2764, art. 8).

El programa tiene como mínimo (Res. 2646, art. 17):

  • Método y objetivos con criterios para evaluar resultados.
  • Procedimiento: evaluación, grupos prioritarios, medidas de intervención con indicadores y seguimiento.
  • Sistema de información con reserva.
  • Evaluación anual del programa, comparando objetivos y logros con indicadores.
  • Recursos que asigna el empleador.

Las quejas de acoso las atiende también el Comité de Convivencia Laboral. Lee Comité de Convivencia Laboral.

Documentos y evidencias

  • Hoja de vida, posgrado y licencia del psicólogo evaluador.
  • Compromiso escrito de reserva del evaluador y constancia de custodia de los instrumentos.
  • Constancia de que obtuvo el consentimiento informado de los trabajadores.
  • Informe consolidado con el nivel de riesgo de la forma A y de la forma B por separado.
  • Plan de intervención con su seguimiento y el plan de crisis.
  • Documento que indica qué guía y protocolos usas (y el sectorial, si aplica).
  • Información psicosocial actualizada del año.
  • Si aplica: programa de vigilancia epidemiológica y su evaluación anual.

Errores frecuentes

  • Contratar a quien no cumple el perfil. Un profesional en SST sin posgrado en salud ocupacional y licencia no puede aplicar la batería, salvo la excepción certificada de las 100 horas.
  • Mirar solo el promedio de la empresa. Las formas A y B se califican por separado.
  • Elegir 2 años con efectos en la salud. Si hay efectos negativos, la evaluación es anual aunque el nivel salga medio o bajo.
  • Guardar cuestionarios individuales en la empresa. Solo conservas el consolidado.
  • Usar una encuesta en línea cualquiera. La aplicación virtual solo se hace con la herramienta de Mintrabajo.
  • Medir y no intervenir. La batería es el diagnóstico; la obligación sigue con la intervención.

Cómo lo hace Pentevark

  • Activa los requisitos psicosociales para toda empresa y te dice, según tu actividad económica (CIIU), qué protocolo sectorial te aplica.
  • Agenda la primera evaluación a los 3 meses de activar. Al cerrarla, eliges si la próxima es en 1 o en 2 años y escribes la fecha en que empezó la intervención.
  • Te recuerda cada febrero la actualización anual de la información.
  • Si marcas en el perfil que el riesgo salió alto o hay efectos en la salud, agrega la vigilancia epidemiológica y su evaluación de noviembre.
  • Guarda el informe consolidado como evidencia sensible. No pide cuestionarios individuales.

Para ver todas las fechas del año juntas, lee Calendario anual del SG-SST.

Esta guía resume la norma para orientarte. No reemplaza la asesoría de un profesional en SST con licencia vigente.

Fuentes

Pon tu SG-SST en orden, paso a paso.

Cuéntanos cómo es tu empresa y te mostramos qué estándares de la 0312 te aplican y la base del Decreto 1072, con un plan para organizarlos.